Celulosa en el Río Itata

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30 marzo, 2007

Condenan a único inculpado por accidente radioactivo

A 541 días de presidio remitido menor en su grado medio fue condenado Sergio Hernán Pérez Valdés, en calidad de autor del cuasidelito de daño nuclear que afectó a Miguel Fuentes Oyarce, hecho registrado el 15 de diciembre de 2005, en Nueva Aldea, en instalaciones a cargo de la empresa contratista Echeverría Izquierdo Montajes Industriales S.A., que tenía a su cargo la construcción del Complejo Forestal e Industrial Nueva Aldea.

Así lo estableció ayer la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, presidida por el juez Oscar Ruiz Paredes e integrada por los magistrados Jorge Quintana Miranda y Claudia Montero Céspedes, al momento de dar a conocer la sentencia, concluyendo la vista de esta maratónica causa que conoció el tribunal local desde el día 12 al 22 de marzo del año en curso.

Favoreció a Pérez Valdés la circunstancia atenuante de su irreprochable conducta anterior, acreditada mediante su extracto de filiación y antecedentes carentes de anotaciones penales pasadas.

En el dictamen de ayer, además, se constató que la medida cautelar que afectaba al acusado Lautaro Pedro Domínguez Ferrer fue alzada con fecha 22 de marzo del año en curso, al comunicarse oportunamente la decisión absolutoria.

Por consecuencia de este bullado accidente radioactivo se encuentran actualmente lesionados, por una sobre exposición a elementos radioactivos, al menos cuatro personas que manifiestan en sus cuerpos lesiones. El más grave es Miguel Ángel Fuentes, quien sufrió quemaduras en distintas partes del cuerpo además de otras complicaciones físicas y psicológicas que posiblemente lo hagan retornar a Francia para continuar en tratamiento.

FISCALIA Y DEFENSA CONFORMES.

“El Ministerio Público, se encuentra más que satisfecho”, partió señalando la fiscal Ana María Aldana al comentar la sentencia a que arribó la Primera Sala del Tribunal de Juicio Oral de Chillán, frente al inédito caso en la historia judicial chilena, originado en el accidente radioactivo registrado en diciembre de 2005 en el Complejo Forestal Nueva Aldea.

Lo más importante para la fiscal Aldana, es que es el primero por infracción a la Ley de Seguridad Nuclear y ha sentando un precedente para futuras acciones en situaciones similares que pudieran ocurrir en cualquier parte del país. Con esta sentencia se ha comprobado que la Ley 18.302 nos protege ante la presencia o transporte de aparatos que miden la densidad de pavimentos, de estructuras u otras aplicaciones”, enfatizó.